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Características
a) Este tipo de seguros
puede ser contratados por los trabajadores
de un empleador, vinculados a éste
como consecuencia de sus actividades comerciales
y/o industriales, como así también
los miembros de sindicatos, asociaciones,
clubes, etc.
b) El empleador, sindicato,
asociación, club, etc. debe ser el
contratante del seguro, del que no podrá
ser beneficiario, salvo en la parte del
seguro, cuya prima sea pagada por la entidad
contratante y hasta la suma que compense
obligaciones legales existentes.
c) Las primas del seguro
deben ser pagadas por el contratante, ya
sea con fondos propios del contratante,
con fondos constituidos por aportes del
contratante y los empleados, o con fondos
propios de los empleados.
d) Las sumas a asegurar
deben surgir de un plan que elimine la elección
individual. La opción ideal para
este tipo de emprendimiento es el seguro
por múltiplos de sueldos.
e) La edad máxima
de ingreso al seguro es de 65 años.
Riesgos Cubiertos:
La cobertura principal del seguro colectivo
es la del riesgo de muerte, pero pueden
contemplarse además las coberturas
por invalidez, de muerte por accidente y
desmembramiento o pérdida de la vista
por accidente.
Requisitos para cotizar:
A) Nombre y Apellido completos.
B) Fecha de nacimiento.
C) Fecha de ingreso.
D) Sueldo
Requisitos:
A) Solicitud del Contratante.
B) Solicitud de adhesión
individual firmada y cumplimentada por el
empleado.
C) Información amplia
de la actividad del contratante y los asegurables,
a fin de poder evaluar el riesgo.
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